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Con la recuperación de IVA podrá retornar a tu bolsillo hasta 16% del valor total del departamento para reinvertirlo en la misma propiedad, pagar otro pie o disponer como quieras.
La recuperación del IVA de una propiedad, es un procedimiento 100% legal que te permitirá recibir hasta el 16% del valor total de la misma para poder reinvertirlo en la misma propiedad, pagar otro pie o invertirlo donde quieras.
Uno de los principales beneficios es que te permite hacer ciclos de inversión inmobiliaria más rápidos, esto quiere decir que podrás contar de inmediato prácticamente con el pie para un nuevo departamento de inversión pudiendo, a este ritmo, tener una nueva propiedad cada uno o dos años.
También, si lo reinviertes PRE-PAGANDO el mismo CRÉDITO HIPOTECARIO DEL DEPARTAMENTO QUE COMPRASTE, podrás DISMINUIR LA DEUDA capital y disminuir el tiempo del crédito o también bajar el valor del dividendo (cuota del crédito hipotecario) para que puedas igualar o ampliar aún más la diferencia entre el arriendo y el dividendo a tu favor.
La recuperación del IVA es una de las herramientas más utilizadas por los grandes fondos de inversión para comprar edificios completos constantemente y ahora en Brokers Digitales hemos puesto esta posibilidad al alcance de los micro-inversionistas.
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Si estás aquí tal vez te estás preguntando…
Esta herramienta puede ser el impulso que necesitas para hacer crecer y llevar al siguiente nivel tu portafolio de inversiones inmobiliarias en mucho menos tiempo.
PREGUNTAS FRECUENTES
Si tienes dudas del proceso, o incluso antes de agendar tu reunión para iniciar este proceso, te recomendamos leer estas preguntas frecuentes con todo lo que necesitas saber acerca de la recuperación de IVA.
El IVA significa Impuesto al Valor Agregado y es un tributo que pagamos todos al comprar un bien mueble, inmueble o un servicio. En Chile actualmente se paga el 19% cuando compramos, por ejemplo, el pan.
Sí, como contribuyente del SII tienes derecho y la opción de recuperar el IVA de tu propiedad por tanto es un procedimiento legal y de rutina. Para ello puedes revisar la Ley de Impuesto a la Renta y las circulares del SII que explican la normativa que permite esto.
¡No necesariamente! Puedes recuperar el IVA como persona natural con giro.
Puedes recuperar el IVA hasta máximo un año de emitida la factura de tu propiedad, luego de ese tiempo no es posible iniciar el trámite y a medida que pasan esos primeros 12 meses van disminuyendo las posibilidades. Si tienes una propiedad pronto a entregar o recientemente recibiste una, lo ideal es que agendes tu reunión lo antes posible.
Al vender tu departamento podrás vender a un mejor precio capitalizando lo ganado a través de plusvalía, que es el aumento del valor de la propiedad a través del tiempo, y además incluir el IVA para que sea pagado por el comprador.
Según el convenio qué tenemos con la empresa Partner, se cobra en función del valor de inmueble (descontando bodega y estacionamiento), según una tabla que ellos te envían en la propuesta de servicio, que además incluye 1 año de contabilidad gratis y a partir del segundo año se cobra una mantención para mantener sus servicios. Te adelantamos qué es las más convenientes qué hemos encontrado en el mercado!!!
Sí, al comprar o invertir en un departamento debes pagar IVA pero no es el 19% que todos conocemos esto debido a que el terreno sobre el que está construido el proyecto no paga IVA, por tanto esta cantidad se reduce a aproximadamente el 16% del valor del departamento.
Debes contar con la factura que acredita la compra de la propiedad y también acreditar el amoblamiento de la propiedad.
Sí, la ley te permite explotar el inmueble y recuperar el IVA solamente si declaras que está amoblada, lo cual puedes hacer con enseres básicos como un sofá-cama, mesas, mini refrigerador, utensilios básicos de cocina y rack de televisión, por ejemplo.
Sí, una vez que recuperas el 16% de IVA debes pagarlo mensualmente, pero el cálculo se hace a través de un beneficio que te hace pagar sólo el 11% del avalúo fiscal del inmueble. Además, la cantidad se calcula sobre tu ganancia mensual por concepto de arriendo.
Veamos un ejemplo: Si tu propiedad vale UF 2.959 ($89.481.847) cuya tasación fiscal es de $34.003.102 y su avalúo fiscal es de $311.695. Si esa propiedad la arriendas en $370.000 pesos mensuales, la diferencia entre ese arriendo y los $311.695 de avalúo fiscal es de $49.112 y es sobre esa última cifra que pagarás el 11% de IVA que para este ejercicio da un total de $9.330 mensual.
La respuesta es sí. Gracias a la fuerza de la comunidad hemos establecido un convenio con una empresa partner llamada Creaktivos que puede hacer todo ese proceso por ti.
El IVA lo recuperas aproximadamente 6 meses después de haberse iniciado el trámite y se recomienda iniciar las gestiones de recuperación un mes antes de la entrega de la propiedad.
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